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PODERES
(SERVICIO ADICIONAL DISPONIBLE SOLO PARA NICARAGUA)

Reviewing Legal Agreement
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PODER GENERALISIMO

En virtud del mandato o poder generalísimo el mandante otorga al mandatario o apoderado facultades para todos los negocios en donde  el mandatario puede vender, hipotecar y de cualquier otro modo enajenar o gravar toda clase de bienes; aceptar o repudiar herencias, gestionar judicialmente, celebrar toda clase de contratos y ejecutar todos los demás actos jurídicos que podría hacer el poderdante, excepto los que conforme a la ley deben ser ejecutados por el mismo dueño en persona y los actos para los cuales la ley exige expresamente poder especialísimo.

PODER GENERAL

Este poder otorga al mandatario  facultades  para todos, alguno o algunos negocios, tiene el mandatario respecto del negocio o negocios a que su poder se refiere, amplia y general administración, comprendiendo otras facultades especificas de acuerdo a la legislacion  y ejecutar todos los actos jurídicos que según la naturaleza del negocio, se encuentren virtualmente comprendidos en él como medios de ejecución o como consecuencia necesaria del mandato.

PODER GENERAL JUDICIAL

Este instrumento juridico confiere al apoderado la facultad de personarse en  todos los negocios del mandante como actor o como reo, a nombre de su poderdante en cualquier asunto que interese a éste; seguir el juicio, sus incidentes e incidencias como las tercerías o contrademandas: usar de todos los recursos ordinarios y extraordinarios que la ley establece.

PODER ESPECIALES

Este tipo de poder se otorga  para determinado acto jurídico judicial o extrajudicial, solo faculta al mandatario para el acto o actos especificados en el mandato sin que pueda extenderse ni aun a aquellos que pudieran considerarse como consecuencia natural de los que el apoderado está encargado de ejecutar.

Entre  los poderes especiales que la oficina realiza tenemos :

a.- poder especial para comprar.

b.- poder especial para vender

c.- poder especial para permutar.

d.- poder para tramite de pasaporte,.

.- poder especial para gestion de  certificado de solteria.

 f.-poder especial para gestion e inscripcion  en el Registrro Publico de la Propiedad Inmueble y Mercantil.-

g.-  poder especial para gestion e  inscripcion  de calidades referidas al estado civil de las personas  en el respectivo Registrro Publico  del estado civil de las personas.-

h.- poder especial para  pagar impuestos, entre otros.

PODERES ESPECIALISIMOS

El mandante otorga este tipo de documento :

1°. Para contraer matrimonio a nombre del mandante.

2°. Para el reconocimiento de hijos y su inscripción respectiva en el Registro del Estado Civil, para los efectos del reconocimiento.

3°. Para todos los otros casos en que la ley requiera poder especialísimo

PODER DE REVOCACION

Poder de Revocacion y poder de Sustitucion : Los poderes de  Revocacion y Sustitucion  tienen la finalidad  tal como su nombre lo indica revocar o sustituir el instrumento otorgado. La revocación asi como la  Sustitucion  de Poderes requieren para surtir efectos realizarse  con las mismas formalidades y requisitos que la ley exige para el poder, es decir que  obligatoriamente se debe hacer por escritura pública.

Todos los Instrumentos Juridicos o poderes antes enumerados  se  otorgan  mediante escritura pública, suscrita  ante fedatario publico  debidamente autorizado por la Corte Suprema de Justicia de Nicaragua.

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